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El Comité Interinstitucional pide remisión de obrados a Fiscalía

El Comité Interinstitucional pide remisión de obrados a Fiscalía para iniciar acción penal

, 04 oct (ABI).- El Comité Interinstitucional solicitó a la Corte Superior de Distrito de Chuquisaca la remisión de obrados del recurso de Amparo Constitucional al Ministerio Público para iniciar la acción penal correspondiente contra los siete miembros de la Directiva de la Asamblea Constituyente que expresaron que no darán cumplimiento a lo que establece el fallo.

El asambleísta por Chuquisaca Jaime Hurtado, informó esta jornada que el presidente del Comité Interinstitucional, Jaime Barrón, conforme al poder notarial otorgado por él y otros asambleístas, solicitó ayer por la tarde la remisión de obrados del Recurso de Amparo interpuesto contra los miembros de la Directiva que se negaron a dar cumplimiento a dicho recurso.

Hurtado informó que el memorial fue presentado ante la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Chuquisaca para que ordene la remisión de los obrados del Recurso de Amparo Constitucional al Ministerio Público.

“El Ministerio Público conociendo la causa y ya teniendo en mano el cuaderno de investigación, lo único que va a hacer es pedir la declaración informativa de los siete constituyentes”, indicó.

El asambleísta, quien es también abogado, manifestó que el argumento de la petición sostiene que dado que los siete asambleístas no presentaron el informe solicitado por los vocales de la Sala Civil con la evidencia de que “el silencio otorga”, es que hicieron su planteamiento para seguir la acción penal correspondiente.

Explicó que sumado a lo anterior se cuenta con la evidencia de un CD donde la presidenta de la Asamblea Constituyente, Silvia Lazarte, instó al desacato de la sentencia constitucional.

Para el jurisconsulto y Constituyente Chuquisaqueño, el Ministerio Público no tiene nada más que investigar y remitir la documentación al Juez competente en materia penal para encauzar a los siete miembros que encuadraron sus actos -según dijo- de acuerdo al artículo 279 del Código Penal.

Al respecto, la subjefa de la bancada de Asambleístas del Movimiento al Socialismo (MAS), Mirtha Jiménez, aseguró que la Asamblea Constituyente no tiene por qué acatar el fallo de ningún recurso (de Amparo Constitucional), toda vez que la misma no está sujeta al Poder Constituido, por lo que los siete asambleístas de la Directiva no tienen la obligación de cumplir el fallo que demandó el Comité Interinstitucional.

“El carácter originario de la Asamblea Constituyente y el artículo 3 de la Ley de Convocatoria declara la soberanía de la Asamblea Constituyente que está por encima de los poderes constituidos y esto es lo que tenemos que respetar”, sostuvo.

Consultado nuevamente, el asambleísta Jaime Hurtado negó la aseveración de Jiménez y la instó a demostrar con la constitución en mano sus afirmaciones.

“El artículo 2 de la Constitución habla de los Poderes que son independientes y que los mismos están sometidos a la Ley, al igual que el 232 que dice que la Asamblea Constituyente es un Poder, y como tal está dentro de la Constitución, por lo que también debe estar sometida a la Ley”, replicó.
Ham/Pta ABI

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