Sancionan a empresas eléctricas por interrupción del servicios
Después de quedar probado el incumplimiento a las disposiciones emanadas tanto por la Superintendencia de Electricidad como del Comité Nacional de Despacho de Carga, estipulados en la Ley, se determinó aplicar sanción para las dos empresas eléctricas, según informo el superintendente Jorge Choque.
Las multas o sanciones están estipuladas por la Ley. Las empresas deberán pagar el tres por ciento (3%) del valor de la actividad que realizan, en el caso de la transmisora TDE S.A. de la remuneración por transporte de electricidad sin impuestos indirectos y en el caso de COBEE S.A. del valor de ventas de electricidad sin impuestos indirectos.
El monto debe ser determinado en base a los ingresos por remuneración de los últimos tres meses anteriores a la comisión de la infracción (enero, febrero y marzo de 2007), de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 23 del Reglamento de Infracciones y Sanciones.
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