Detienen en San Pedro a tres unionistas acusados de golpear a jefe policial
Lunes, Diciembre 1st, 2008La jueza cautelar, del Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal, Margoth Pérez, ordenó este domingo la detención preventiva en el penal de San Pedro de los tres unionistas cruceños acusados de golpear al ex comandante departamental de la Policía, Cnl. Wilge Obleas, y al comandante General de esa institución, Gral. Miguel Gemio.
La jueza Pérez señaló que “el articulo 226 es claro, nosotros tenemos parámetros directamente. Aun así se ha declarado la aprehensión la que se debería cumplir con la medida cautelar”.
Pérez dictó la detención preventiva ante el riesgo de fuga, obstaculización del proceso legal y la influencia negativa en los testigos o participes que declaren a favor de ellos y aclaró que la medida de excepción será resuelta por la jueza Marcela Siles titular del juzgado 10mo de Instrucción en lo Penal.
A su vez, el comandante General de la Policía Nacional, Gral. Miguel Gemio Urrutia, manifestó que en este caso existen otras personas implicadas, cuya responsabilidad se determinará en la ampliación del proceso de investigación.
Por su parte, el abogado defensor de los acusados, Rolando Gómez Rivero, anunció que apelará la decisión asumida por la jueza Pérez.
“Vamos a plantear una apelación porque estas medidas cautelares nos parece excesivas, porque el fiscal tampoco ha justificado de ninguna forma que los tres ciudadanos detenidos quieran obstaculizar la investigación o quieran darse a la fuga”, manifestó luego de la audiencia.
Los detenidos son Jorge Brasil, presidente de la Unión Juvenil de Montero, David Julee y Julio Cesar Zenteno que fueron enviados a la cárcel de San Pedro, tras una audiencia de medidas cautelares después de haber sido detenidos el viernes 28 de noviembre en la ciudad de Santa Cruz.
Los tres unionistas están acusados por los delitos de sedición, por destrozos a la propiedad del Estado y lesiones, entre otros.
La defensa, ante la resolución de detención preventiva presentó una medida de excepción de incompetencia, contemplada en el artículo 226 de la Código de Procedimiento Penal (CPP), que determina que en el plazo de tres días la juez titular debe determinar la competencia de estas autoridades judiciales en este caso.
En caso de que se establezca que la Corte Superior de Distrito de La Paz no tenga competencia para administrar el proceso legal, los detenidos deben ser liberados y puestos ante las autoridades competentes. Si se determina su competencia la detención preventiva se da por hecho.
En el segundo caso la defensa podrá presentar una apelación incidental para que esa resolución pueda ser revocada.
El abogado Gómez expresó su confianza en que este tema se solucione en el transcurso de la semana independientemente de la apelación, ya que consideró que desde el 15 de agosto, cuando se suscitó los hechos, sus defendidos desarrollan sus actividades de forma rutinaria sin dar muestras de querer darse a la fuga.
AGRESION
La noche del 15 de agosto, a la salida de una reunión en el Comité Cívico pro Santa Cruz, Obleas y el comandante General de la Policía Nacional, Gral. Gemio fueron agredidos por personas que se concentraron fuera de las instalaciones de la entidad cívica.
En aquella oportunidad el general Gemio se trasladó a la capital cruceña para reunirse con la dirigencia cívica y con el prefecto del departamento, Rubén Costas. Las autoridades locales les ofrecieron garantías, pero a la salida de la reunión fueron brutalmente golpeados.
El Cnl. Obleas fue agredido mientras corría por la calle Libertad, acompañado por un dirigente cívico y su edecán, quien llevó la peor parte de la golpiza, ya que protegió con su cuerpo al jefe policial.
De igual forma, al Gral. Gemio le echaron agua y lo golpearon con un palo en el hombro, por lo que tuvo que salir rápidamente del Comité para refugiarse en el comando departamental, que se halla a dos cuadras de la sede cívica.
Al/Dgav ABI






































